Quiebra personal
Es un procedimiento judicial que, al concluir conforme a la ley, puede permitir eliminar deudas, con excepciones. ¡Te contamos la letra chica de la quiebra!
¿Las deudas no te dejan avanzar?
No existe una sola solución para todas las deudas. Revisamos tu situación y vemos qué camino legal puede ayudarte.
Lo primero es entender qué debes, desde cuándo y qué está pasando con esas obligaciones.
Es un procedimiento judicial que, al concluir conforme a la ley, puede permitir eliminar deudas, con excepciones. ¡Te contamos la letra chica de la quiebra!
Permite buscar nuevas condiciones de pago. Un acuerdo con los acreedores puede incluir más plazo, importantes descuentos en intereses e incluso rebajas del capital adeudado.
Algunas acciones de cobro pueden estar prescritas. Revisamos vencimientos, documentos y demandas.
Si tu negocio ya no puede enfrentar sus deudas, evaluamos el procedimiento judicial de liquidación. Permite ordenar la venta de los bienes de la empresa y el pago a sus acreedores, según la ley. Conoce también las opciones para empresas ↗
En una quiebra, determinados bienes pueden destinarse al pago de las deudas. No tener bienes no te impide, por sí solo, solicitar el procedimiento.
Te explicaremos lo bueno, lo malo y las excepciones antes de recomendarte una alternativa.
Partimos con lo esencial. Los detalles jurídicos los estudiamos después.
¿Cuántas deudas tienes, a quiénes debes y cuánto debes? Cuéntanos desde cuándo no pagas y si te demandaron.
Te explicamos ventajas, riesgos, costos y consecuencias. Lo importante también se dice de frente.
Te recomendamos el camino que corresponda a tu situación: quiebra, renegociación, prescripción u otra defensa.
Solo te preguntaremos lo necesario para comenzar. No hace falta contar toda tu historia en un formulario.
Si no sabes una respuesta, no te preocupes: podrás indicarlo.
Preparamos tu mensaje y lo envías por WhatsApp cuando estés listo.
Respuestas generales; tu caso puede requerir revisar documentos y fechas.
Puede extinguir los saldos de muchas obligaciones anteriores al procedimiento, pero existen deudas legalmente exceptuadas. Lo evaluamos contigo.
Sí, la ausencia de bienes no impide por sí sola presentar una solicitud si se cumplen los demás requisitos. Es importante declarar el patrimonio real.
Depende del título, de cuándo se hizo exigible la obligación, de la acción de cobro y de eventuales interrupciones. Por eso revisamos documentos y procesos judiciales antes de responder.
No. La liquidación de empresas tiene requisitos y efectos propios. Es necesario revisar sus deudas, bienes, trabajadores y la situación jurídica de quienes la integran.
Son procedimientos distintos, con requisitos y efectos diferentes. La alternativa adecuada depende de tus circunstancias y de la evaluación legal.
El procedimiento administrativo ante la Superintendencia de Insolvencia y Reemprendimiento es gratuito y no exige contratar abogado. Podemos orientarte sobre sus requisitos y alternativas.
Sí. La ausencia de juicios pendientes no impide por sí sola solicitar una liquidación voluntaria; deben cumplirse los demás requisitos legales.
Los bienes que legalmente puedan liquidarse podrían venderse para pagar a los acreedores. La situación concreta depende de tu patrimonio y las exclusiones legales.
La acción cambiaria derivada de un pagaré tiene, en general, un plazo de un año desde su vencimiento. Hay que revisar fechas, acciones ejercidas e interrupciones para determinar si corresponde alegar prescripción.
No para la primera consulta. Luego revisaremos contratos, estados de deuda y antecedentes judiciales para evaluar las opciones.
Información general. Para conocer los requisitos oficiales, revisa la liquidación simplificada y la renegociación en Superir.
Cuéntanos tu situación y revisemos las alternativas que podrían corresponder.
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